Así mismo y de manera sub regional, el Mercosur ha venido desarrollando programas, actividades y acciones en materia de derechos humanos. Ejemplo de esto son la Declaración Presidencial sobre Compromiso Democrático en el Mercosur (1996), en la reunión que tuvo lugar en junio de 1996 en la provincia de San Luis – Argentina; y posteriormente el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el Mercosur[1] (1998).
En 2003 el CMC por Decisión 26/03 en el marco de la aprobación del Programa de Trabajo de Mercosur 2004 a 2006, en lo relativo a la temática de Derechos Humanos, estableció la necesidad de “Profundizar el intercambio de información y la promoción y el respeto a los derechos humanos en la región [así como] avanzar en los trabajos tendientes a la institucionalización del Grupo Ad Hoc en materia de Derechos Humanos el cual ha sido identificado como un mecanismo eficaz para el intercambio de información, experiencias y la búsqueda de consensos en los Foros en que participan los países del bloque, y asimismo, promover la evaluación y discusión sobre la conveniencia de adoptar una Carta de Derechos Humanos del MERCOSUR”[2]
Otro claro ejemplo se dio en 2004 con la creación de la Reunión de Altas Autoridades competentes en Derechos Humanos mediante Decisión 40/04 del Consejo Mercado Común (CMC) durante la Cumbre Presidencial en Brasil. En la primera reunión de la nueva estructura se elaboro el Protocolo sobre Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Mercosur también conocida como “cláusula de derechos humanos” sancionada por Decisión CMC 17/05, convirtiéndose en un foro para le intercambio de buenas practicas en materia de derechos humanos entre los Estados parte del Mercosur y los Estados Asociados, y un lugar de dialogo entre estos y los representantes de la sociedad civil.
De esta manera, el Mercosur no solo se configura como un esquema de integración que propicia el libre comercio y establecerse como una unión aduanera, sino que además se perfila como un elemento estabilizador en la región a causa de los vínculos comerciales y políticos que ha profundizado en la madeja de intereses que se entrecruzan. La aparición de la necesidad de abordar asuntos de dimensiones políticas regionales tales como el fortalecimiento del Estado de derecho y las instituciones democráticas, así como la garantía de los derechos humanos, se dio en 1992 en la reunión presidencial en Mendoza – Argentina, donde se resalto la importancia de la vigencia de las instituciones democráticas como condición para la existencia y el desarrollo del Mercosur, abordando así temáticas de política regional.
En este contexto en 2007 por medio de la Decisión CMC 05/07 se creo el Observatorio de la Democracia del Mercosur, con el objeto de contribuir al fortalecimiento de los objetivos plasmados en el Protocolo de Ushuaia, realizan una tarea de seguimiento de cara a los procesos electorales de los Estados Parte y para desarrollar actividades encaminadas a la consolidación de la democracia en la región.
Como hemos visto, a nivel universal y regional existen diversos mecanismos de protección y de participación directa para la garantía de los Derechos Humanos; en este sentido, las iniciativas del Mercosur marcan una pauta importante al momento de re pensar la coordinación de Derechos Humanos en la Unasur; si bien el bloque del cono sur se caracteriza más por la dinámica comercial, el que tengan presente y resalten la importancia de los DD HH para lograr sus objetivos entre ellos el desarrollo, son un punto orientador para establecer un mecanismo que se articule con el sistema Interamericano desde la Unión de Naciones Suramericanas, un proyecto con tintes claramente más políticos.
Coda: en este contexto hay que resaltar la denuncia de Venezuela al Pacto de San José de Costa Rica, que es el pilar del sistema regional, y se abre el debate sobre como va a armonizar su legislación con el derecho derivado del Mercosur como el protocolo de Ushuaia, y tendremos que ver el impacto de esta denuncia en el marco de la Unasur cuando esta ha elegido los integrantes de la misión de observación para las próximas elecciones.
Lic. Mario Alvarado
Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano – Colombia
MA International Relations UBA Argentina
PERSPECTIVA UNASUR
[1] El protocolo en su primer articulo, reconoce “La plena vigencia de las instituciones democráticas es condición esencial para el desarrollo de los procesos de integración...”
[2] PROGRAMA DE TRABAJO DEL MERCOSUR 2004-2006 VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión Nº 9/95 del Consejo del Mercado Común. MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 26/03